2.
LUGAR Y FECHA
ARMINERA 2009 se realizará
en el Centro Costa Salguero de la Ciudad de Buenos
Aires desde el día Martes 28 al Jueves 30 de
Abril de 2009.
3. AUTORIDADES
3.1 El Comité Ejecutivo, designado
en adelante C.E., es la autoridad máxima de
la exposición y sus decisiones serán,
por lo tanto, inapelables.
3.2 Es facultad exclusiva del C.E.
la aplicación e interpretación de los
Reglamentos ante situaciones no previstas.
3.3 En caso de falta de cumplimiento
de las disposiciones del presente Reglamento, o del
Reglamento de Stands y Servicios Adicionales, VIEWPOINT
podrá imponer a los infractores sanciones pecuniarias
de hasta un máximo del 25% del valor del stand
por expositor y por cada infracción. Las mismas
podrán ser progresivas en caso de que no cesara
la infracción o incumplimiento. Ello sin perjuicio
de lo dispuesto en la Solicitud de Participación
y en el punto 6.6. del presente Reglamento.
4.
PARTICIPANTES Y PRODUCTOS
4.1 Todos los fabricantes, distribuidores,
importadores, agentes, representantes o similares,
sean nacionales o extranjeros que comercialicen productos
relacionados a la muestra. Su participación
deberá ser aceptada por VIEWPOINT, quien se
reserva el derecho de admisión.
4.2 Entidades bancarias y financieras
o de fomento y apoyo a las actividades relacionadas
con la muestra.
4.3 Organismos oficiales afines a
la industria del sector en el orden extranjero, nacional,
provincial y municipal de todo el país.
4.4 Organismos nacionales, extranjeros
o internacionales relacionados con el desarrollo económico,
tecnológico o financiero de la industria del
sector.
4.5 Compañías de transporte
y carga, que contribuyan a las exportaciones e importaciones
de los productos de la muestra.
4.6 Empresas nacionales y del exterior
que ofrezcan tecnología del exterior para aplicar
al desarrollo de nuestra industria, radicación
de capitales, licencias de fabricación en el
país, "Know how", "Joint venture"
y similares.
4.7 En el stand de cada expositor
no se podrá publicitar productos y/o servicios
de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores
de elementos componentes de los productos de ese expositor.
Los fabricantes podrán anunciar a sus distribuidores
exclusivos y/o oficiales.
4.8 Los productos a exhibir deberán
ser nuevos de fábrica, sin uso.
4.9 Las empresas expositoras sólo
podrán exhibir la línea de productos
que han consignado en la solicitud de Participación.
En caso de querer incorporar nuevos productos, deberán
solicitar y obtener la correspondiente autorización
por escrito de VIEWPOINT.
5.
PUBLICIDAD - PROMOCION - FOTOGRAFIAS
5.1 Los expositores no podrán
realizar publicidad y promoción fuera de sus
stands, dentro de la exposición.
5.2 Los visitantes y/o expositores
no podrán tomar fotografías ni realizar
filmaciones dentro de la exposición sin autorización
escrita de VIEWPOINT. VIEWPOINT se reserva el derecho
de fotografiar o filmar la muestra, y de usar el material
a su discreción.
5.3 Los equipos de sonido (radios,
televisores, audiovisuales, etc.) que se instalen
en funcionamiento permanente o de demostración,
deberán operar acústicamente aislados,
no debiendo exceder los 20 dB (A) decibeles el nivel
de presión sonora medido a 1 metro del perímetro
del stand.
5.4 Los expositores no podrán
propalar ninguna clase de música sin previamente
acreditar el cumplimiento de las disposiciones pertinentes
ante SADAIC y AADI-CAPIF. Los expositores asumen la
total responsabilidad por los pagos que deben efectuarse
a dichas entidades por la propagación de música.
5.5 Está permitida toda forma
de publicidad dentro de los stands, siempre que su
contenido no atente contra la moral y las buenas costumbres,
no viole las normas legales vigentes, y se adecue
a lo establecido en el Reglamento de Stands.
6.
CONDICIONES DE PARTICIPACION Y FORMA DE PAGO
6.1 Para participar en ARMINERA
2009 las empresas interesadas deberán
presentar la Solicitud de Participación completando
todos los datos que se consignan en la misma, y deberá
ser suscripta por el titular del fondo de comercio
en el caso de personas físicas, o por el representante
legal en el caso de personas jurídicas.
6.2 La Solicitud de Participación
debe ser presentada en los formularios oficiales de
la Exposición, en dos ejemplares junto con
el documento de garantía.
6.3 Los precios y medidas de cada
módulo son los que figuran en la lista de precios
establecida por la muestra. La tarifa depende de las
dimensiones de cada módulo.
6.4 Estas tarifas incluyen:
a- Utilización del espacio
arrendado durante el tiempo de preparación,
de exhibición y desarme de la exposición.
b- Provisión temporaria de
elementos de limitación entre stands.
c- Alfombra de color uniforme tanto
en los pasillos como en los stands.
d- Cartel de expositor normalizado
tanto en su tamaño como en el tipo de letra.
e- Vigilancia en áreas comunes.
f- Limpieza general en áreas
comunes.
g- Iluminación general y 50
watts por m2 para el consumo de cada expositor.
h- Credenciales e invitaciones en
proporción al metraje contratado, según
se establece en los Art. 13 y 14 del Reglamento General.
i- Figuración en el Catálogo
Oficial de la exposición. Viewpoint
S.A. no será responsable por errores
u omisiones en él.
j- Publicidad y Promoción
general de la exposición.
k- Asesoramiento en la presentación
de la Empresa Expositora.
l- Sistema Informático por
código de barras y entrega del listado general
de visitantes.
6.5
El precio de
los módulos será abonado de la siguiente
forma: 20% (veinte por ciento) a la firma de la Solicitud
de Participación y el 80% (ochenta por ciento)
restante en cuotas mensuales, iguales y consecutivas
con vencimientos los días 10 de cada mes, a
partir de la fecha de firma de la Solicitud de Participación.
Estas cuotas deberán ser documentadas a satisfacción
de VIEWPOINT. A los pagos no efectuados en término
se les aplicará un recargo por intereses y
gastos administrativos.
Los expositores deberán haber abonado el precio
total del stand antes del 16 de Marzo de 2009. Estas
condiciones regirán en todos los casos, salvo
que en la Solicitud de Participación se estableciera
una forma de pago diferente. Todos los pagos deberán
efectuarse en la sede administrativa VIEWPOINT
S.A. de la calle Arenales 1131 2º Piso
Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires- Argentina.
La totalidad de los pagos establecidos en la Solicitud
de Participación y/o en el Reglamento General,
serán facturados y deberán ser abonados
en dólares billetes estadounidenses. Si por
cualquier causa fuera imposible el pago en la moneda
establecida, el deudor sólo se desobligará
haciendo entrega a VIEWPOINT de la cantidad de moneda
argentina de curso legal, suficiente para adquirir
los dólares adeudados según la cotización
(dólar tipo vendedor) del día del pago
según cotización Banco de la Nación
Argentina.. El expositor manifiesta que posee en el
momento de suscribir la Solicitud de Participación
la cantidad de dólares necesarios para abonar
la totalidad del precio, por lo que renuncia a invocar
la teoría de la imprevisión y/o cualquier
otra por la cual se pretenda la alteración
de las modalidades referidas.
6.6 Incumplimiento de las obligaciones
a cargo del expositor: La falta de cumplimiento de
cualquiera de las obligaciones a cargo del expositor
en la forma establecida autorizará a VIEWPOINT
S.A. a su opción a:
A) Exigir el cumplimiento del contrato
suscrito y los daños y perjuicios correspondientes;
o,
B) Rescindir el mismo de pleno derecho.
En este último supuesto VIEWPOINT S.A.
podrá optar entre:
1º) Retener definitivamente
la totalidad de las sumas abonadas por el expositor
hasta ese momento, exigiendo asimismo el pago del
saldo total adeudado, con más los intereses
correspondientes a las cuotas vencidas e impagas,
dentro de los diez días de comunicada la decisión.
Esta indemnización tarifada se establece con
el carácter de cláusula penal. La falta
de pago en tiempo autorizará a VIEWPOINT
S.A. a exigir el pago de las sumas adeudadas,
con más un interés equivalente a una
vez y media la tasa activa establecida por el Banco
de la Nación Argentina para sus operaciones
ordinarias de descuento en la moneda adeudada (dólares
estadounidenses); o,
2º) Retener definitivamente
la totalidad de las sumas abonadas por el expositor
y exigir asimismo la reparación de los daños
y perjuicios efectivamente sufridos, en la medida
en que los mismos excedan el monto de las sumas abonadas.
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, y para
el caso que Viewpoint S.A. autorizará
al expositor a retirarse del evento antes de la inauguración
del mismo, el expositor deberá abonar a Viewpoint
S.A. , en concepto de multa, un porcentaje
del precio pactado por el stand, de conformidad a
la siguiente escala conforme a la fecha en la que
se solicite la autorización respectiva:
• Más de 120 días previos al inicio
del evento: 25%.
• Entre 91 y 119 días previos al inicio
del evento: 50%.
• Entre 61 y 90 días previos al inicio
del evento: 75%.
• Entre 30 y 60 días previos al inicio
del evento: 100%
• Menos de 30 días previos al inicio
del evento: 100% más un 50% extra.
6.7 Atento a que la suscripción
de la Solicitud de Participación, implica no
sólo el derecho sino también la obligación
de participar en la exposición dando cumplimiento
a las condiciones establecidas, el expositor no puede
renunciar a ella.
Sin perjuicio de lo expuesto, si por cualquier causa
el expositor decidiera no participar, será
de aplicación lo establecido en el punto 6.6.
del presente Reglamento.
6.8 Sin perjuicio de lo establecido
en el punto 6.6. del presente Reglamento, y sin que
ello de lugar a reclamo o indemnización alguna,
VIEWPOINT se reserva los siguientes derechos:
6.8.1 De adjudicar a terceros los
stands que en un plazo de 24 hs. de antelación
a la inauguración, no hayan sido ocupados por
sus expositores.
6.8.2 De clausurar los stands de
los expositores que se encuentren en mora en el cumplimiento
de cualquiera de sus obligaciones y especialmente
en el pago de los servicios adicionales.
6.8.3 De aplicar a los expositores
que no hayan terminado la construcción de sus
stands en el plazo estipulado, una multa de hasta
el 25% del precio del stand en infracción.
La misma deberá ser abonada dentro de las 24
hs. de comunicada.
7.
RESPONSABILIDADES - SEGUROS
7.1 El expositor será el único
responsable por los daños sufridos por él
mismo o su personal, por visitantes de la muestra
o cualquier persona que se encuentre dentro de su
stand, o por sus propios bienes o cosas, sea cual
fuere la causa del daño. Será asimismo
responsable por los daños causados dentro y
fuera de su stand por su personal, o por las cosas
de las que se sirve o tiene a su cuidado. Su responsabilidad
también se extiende a los daños que
a las personas o bienes causen los que tengan a su
cargo el armado de su stand o el transporte de sus
pertenencias. A todos los mencionados efectos asume
a su cargo las consecuencias del caso fortuito o la
fuerza mayor.
El Expositor se obliga a contratar los seguros que
a continuación se detallan y que cubren los
siguientes riesgos: a) INCENDIO del stand y contenido
del mismo; b) ACCIDENTES DE TRABAJO, para el personal
bajo su dependencia y/o de terceros ocupado en tareas
de armado de su stand y actividades relacionadas a
trabajos específicos inherentes; c) RESPONSABILIDAD
EXTRACONTRACTUAL, por el ejercicio de la actividad
del Expositor como participante de la muestra y en
especial: incendio, explosión, descargas eléctricas,
escapes de gas, caídas de objetos, carteles
y suministro de alimentos; d) ROBO, sobre mercaderías
propias del ramo instaladas en su stand, e) RESPONSABILIDAD
ClVIL COMPRENSIVA, daños a cosas y/o personas
ocasionadas por el Expositor o el personal a su cargo.
Los mencionados seguros deberán ser a satisfacción
de VIEWPOINT y deberán cubrir toda eventual
responsabilidad y riesgo que pudiera recaer en VIEWPOINT
S.A. incluyéndolo en la póliza
como asegurado.
7.2 VIEWPOINT trasladará a
los expositores el monto de los deterioros que sus
constructores de stand, camiones y/o fletes de sus
empresas, contratados por su cuenta o por cuenta de
sus constructores de stand causen a las instalaciones
tanto fijas y/o provisorias del Centro Costa Salguero
y/o suministradas por la Exposición.
7.3
7.3 VIEWPOINT no se hace responsable por los daños
que puedan producir al expositor las deficiencias
de las instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües,
etc.; éste está obligado a colocar dispositivos
de protección y seguridad para los equipos
expuestos. Tampoco se hace responsable si por cualquier
hecho y/o evento al que sea ajeno, se produjera la
interrupción de estos servicios.
7.4 VIEWPOINT no se hace responsable
por la anulación y/o deficiencia en los suministros
efectuados por terceros a través de Centro
Costa Salguero S.A., siendo ellos Edenor, Gas Natural,
Aguas y Saneamiento Argentinos (AYSA), Telecom y otros.
7.5 El expositor estará obligado
a contratar todo el personal que utilice para el desarrollo
de sus actividades durante la vigencia del presente
contrato de conformidad a las prescripciones de la
legislación laboral, previsional, sindical,
de obras sociales y de riesgos de trabajo vigente
en la actualidad. Toda constatación de supuesta
irregularidad que la autoridad laboral, previsional
o fiscal pueda realizar con relación al personal
contratado por el expositor que pueda recaer subsidiaria
o solidariamente a VIEWPOINT S. A será responsabilidad
exclusiva del expositor debiendo éste desinteresar
a VIEWPOINT S. A dentro de las 48 Hs de recibida la
intimación de éste último a tal
efecto, todo ello bajo apercibimiento de responder
por daños y perjuicios. El expositor no podrá
bajo ninguna circunstancia permitir el ingreso al
predio ferial de personal que no cuente con la respectiva
Clave de Alta Temprana registrada a nombre del expositor.
El expositor deberá entregar el mismo día
de ingreso de su personal al predio ferial las correspondientes
constancias de Clave de Alta Temprana ante AFIP y
copia del contrato de Riesgos de Trabajo con detalle
del personal dado de alta por ante la respectiva Administradora
de Riesgos de Trabajo.
8.
CESION DEL ESPACIO
8.1 El expositor no podrá
por ningún título, ceder, donar, vender,
alquilar, transferir, ni compartir el lote adjudicado,
ni parte de mismo sin la previa autorización
por escrito del C.E.
9.
VENTAS
9.1 Los
expositores no podrán efectuar ventas al por
menor de sus productos al público visitante.
9.2 Salvo autorización escrita
de VIEWPOINT no podrán exhibirse carteles con
precios y/o condiciones de pago de los productos expuestos.
9.3 El horario de ingreso a la muestra
de los productos destinados a la exhibición
y los necesarios para el mantenimiento o funcionamiento
del stand, será únicamente el que oportunamente
comunique VIEWPOINT S.A.
9.4 VIEWPOINT está facultado
para prohibir la exhibición de los artículos
que considere inadecuados a la temática y/o
jerarquía de la exposición.
9.5 El servicio de vigilancia realizará
un minucioso control de entrada y salida de materiales,
las que deberán realizarse únicamente
dentro de los horarios establecidos.
10.
SEGURIDAD Y VIGILANCIA
10.1 VIEWPOINT establecerá
personal de vigilancia general, responsable del orden
y de la atención de imprevistos, no siendo
responsable de robos y hurtos que se produzcan dentro
de los stands. Durante las horas de cierre al público
VIEWPOINT proveerá de personal de seguridad
general y para los stands; por lo tanto no podrá
permanecer dentro del recinto de la exposición
otro personal que el de vigilancia citado. Las obligaciones
de la vigilancia serán efectivas entre el cierre
de cada día y la apertura del siguiente.
10.2 El Expositor se obliga, en cumplimiento
de las disposiciones vigentes al respecto, a colocar
en el interior del stand por lo menos un matafuego
de polvo químico triclase ABC, de 10 Its. El
mismo debe ubicarse en un lugar accesible y a la vista.
11.
INAUGURACION Y HORARIOS
11.1
La ceremonia de inauguración de ARMINERA
2009 será el día Martes 28
de Abril de 2009 a las 18 hs. La asistencia estará
limitada a las invitaciones especiales que se cursen
a autoridades nacionales, provinciales y municipales,
cuerpo diplomático, delegaciones del interior,
cámaras, asociaciones y prensa.
11.2 La Exposición estará
habilitada al comerciante, empresario y/o profesional
del sector a partir del día Martes 28 de Abril
a las 14 hs. El horario de la muestra será
de 14 hs. a 21 hs.
11.3 Los horarios de atención
del stand serán desde 15 minutos antes hasta
15 minutos después del horario citado en el
art. 11.2.
11.4 Fuera de los horarios citados
en 11.2 y 11.3 no se admitirá la permanencia
dentro del Salón de otras personas que las
pertenecientes a la organización de la Exposición,
a la vigilancia y limpieza autorizadas en 10.1 y 12.1.
11.5 El Expositor está obligado
a mantener personal en el stand durante todo el horario
establecido todos los días.
12.
LIMPIEZA
12.1 VIEWPOINT dispondrá de
personal de limpieza de áreas comunes y de
los stands. Los expositores se obligan:
a). Mantener los stands en impecables condiciones
durante todo el horario de apertura.
b). Arrojar los desperdicios en los depósitos
comunes y en ningún caso en los pasillos.
VIEWPOINT se reserva el derecho de clausurar el stand
que a su juicio no cumpla con estas disposiciones.
13.
CREDENCIALES
13.1 VIEWPOINT entregará a
los expositores “Credenciales”, destinada
a los Directores Ejecutivos de la Empresa Expositora
en cantidad igual a 1 por cada 5 m² del lote
ocupado (máximo 10). Cada credencial es válida
para una persona sin limitación de ingresos.
13.2 VIEWPOINT entregará a
los expositores credenciales de "Personal de
stands" por cada 4 m² (máximo 20).
Cada
credencial es válida para una persona y tendrá
derecho a un acceso diario a la muestra.
13.3 Las credenciales indicadas se
entregarán al expositor una vez satisfecha
la totalidad de sus pagos por todo concepto.
13.4 Los expositores y su personal
están obligados a permitir el examen de los
bultos y/o vehículos que entren y/o salgan
del Centro Costa Salguero.
13.5 La entrada de vehículos
en el Centro Costa Salguero no está permitida
durante las horas en que la Exposición está
abierta al público.
Durante los períodos de armado y desarmado
los vehículos estarán autorizados a
permanecer la cantidad de tiempo necesaria para cargar
y/o descargar y en los lugares que VIEWPOINT
S.A. especificará para ese propósito.
13.6 Las credenciales son de uso
personal, y la inapropiada utilización de las
mismas, autoriza a VIEWPOINT para
retirarlas y para prohibir a las personas involucradas
en tales manipulaciones entrar a la Exposición.
14.
INVITACIONES
14.1 Los expositores contarán
con 200 invitaciones para ser entregadas a sus clientes
o comerciantes del sector. En caso de necesitar más
invitaciones profesionales, estas deben ser solicitadas
a VIEWPOINT S.A. antes del día
16 de Marzo de 2009
14.2 La Exposición proveerá
de tarjetas de invitación al Acto Inaugural
para invitados del expositor en cantidad de 1 (una)
por cada metro cuadrado de lote adquirido.
14.3 Las únicas invitaciones
aceptadas por los controles de puertas para permitir
el acceso a la muestra, serán las oficiales
entregadas por ARMINERA 2009. No
tendrán validez otras invitaciones que puedan
existir.
14.4.ARMINERA 2009 es una Exposición
Profesional, por lo tanto no se admitirá el
ingreso a menores de 14 años sin excepción.
14.5 Viewpoint S.A. se reserva el
derecho de negar la admisión de cualquier persona
a su discreción.
15.
REGLAMENTO DE STANDS Y SERVICIOS ADICIONALES
La documentación de proyectos, construcción
y desarme de los stands, deben ajustarse al Reglamento
de Stands y Servicios Adicionales que se adjunta y
forma parte integrante de este Reglamento General.
VIEWPOINT S.A. en casos excepcionales
se reserva el derecho de efectuar las autorizaciones
y modificaciones al Reglamento de Stands y Servicios
Adicionales, que a su mejor saber y entender considere
convenientes para el mayor éxito de la exposición.
16. ASESORAMIENTO
VIEWPOINT S.A. está a disposición
del Expositor para asesorarlo en todo lo concerniente
a su participación, a los aspectos técnicos
de la muestra e interpretación del presente
Reglamento.
17.
MODIFICACIONES - APLAZAMIENTO - ANULACION
La indicación de la ubicación de los
módulos tiene el único valor de una
intención de preferencia. VIEWPOINT
se reserva el derecho de modificar los planos y en
consecuencia la ubicación indicada. Asimismo
cuando lo considere conveniente, y para un mejor desarrollo
de la exposición, podrá modificar las
fechas y horarios de la misma. En ningún caso
el ejercicio de estos derechos por parte de VIEWPOINT,
dará lugar a rescisión del presente,
o a reclamo o indemnización alguna por parte
de los expositores.
El caso fortuito o la fuerza mayor que tengan como
consecuencia la anulación del evento sólo
obligará a VIEWPOINT a devolver
las sumas abonadas por los Expositores, previa deducción
a prorrata de los gastos efectuados. En ningún
caso dará derecho a indemnización alguna.
Se considera fuerza mayor todo acontecimiento que
VIEWPOINT, no obstante haber procedido
con razonable diligencia, no haya podido prever, o
que aún previéndolo no haya podido evitar.
Será considerado especialmente como fuerza
mayor el hecho que, no obstante haberse contratado
el espacio correspondiente para la realización
del evento, el propietario o detentado del mismo no
permita su utilización en la fecha acordada,
por causas no imputables a VIEWPOINT.
18.
DOMICILIO LEGAL
A todos los efectos legales constituyen domicilio,
VIEWPOINT S.A. en Arenales 1131 2º
Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires -
Argentina; el Expositor en el lugar que se determine
en la Solicitud de Participación, y se someten
a la jurisdicción de los tribunales ordinarios
de la Capital Federal (Justicia en lo Comercial),
con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción
que pudiera corresponder.
19.
LUGAR DE PAGO
Los pagos deberán efectuarse en las oficinas
de VIEWPOINT S.A., Arenales 1131
2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos
Aires-Argentina. Los cheques deben ser a la orden
de VIEWPOINT S.A.
REGLAMENTO DE STAND Y SERVICIOS ADICIONALES
1. CONDICIONES GENERALES
1.1 Las presentes normas plantean
mínimas restricciones al proyecto de los stands,
en consecuencia, el cumplimiento de las mismas es
de indudable beneficio para el conjunto de los expositores.
Las limitaciones de altura, cerramientos y cobertura,
por ejemplo, han demostrado en las realizaciones anteriores,
ser eficaces recursos de integración visual
y coherencia de imagen. Este criterio normativo asegura
a cada expositor un equilibrio en las posibilidades
de exhibición de sus productos en un ámbito
donde éstos deben ser, sin duda, los protagonistas.
Estas normas son de cumplimiento obligatorio. Las
autoridades de VIEWPOINT podrán
observar, corregir por cuenta del expositor, prohibir
y/o clausurar los stands que no se ajusten a estas
normas.
1.2 Se define como "módulo",
el espacio indicado en planos con su correspondiente
numeración y medidas.
1.3 Se define como "stand"
al total del espacio utilizado, y que puede estar
formado por uno o más módulos.
1.4 A todos los efectos identificatorios
del expositor (señalización, catálogo
de expositores, etc.) se le adjudicará el menor
de los números correspondientes a cada módulo
utilizado por un mismo expositor.
1.5 En cada caso de que se considere
conveniente, las autoridades del C.E. emitirán
comunicados técnicos complementarios de estas
normas, los cuales serán oportunamente publicados
en los boletines informativos, por lo que se recomienda
a los expositores, trasladar esa información
a los respectivos proyectistas y constructores de
stands.
Dichos comunicados son de pleno cumplimiento, igual
que el presente Reglamento General.
1.6 El proyecto y dirección
de stands en mas de 50 m. cuadrados deberán
estar a cargo de un profesional (arquitecto o ingeniero).
2.
RESTRICCIONES DIMENSIONALES
2.1 Ningún elemento puede
exceder los límites del lote, a ninguna altura.
2.2 La altura máxima de las
construcciones, inclusive artefactos de iluminación,
será de 2,40 / 2,50 m.
2.3 Como excepción al punto
2.2 y con el objeto de permitir un mayor desarrollo
arquitectónico del stand, se podrá llegar
hasta los 3,50 m. de altura en una superficie delimitada
por un retiro de 1,00 m. de cada uno de los lados
del espacio utilizado, valiendo esto mismo para la
línea de frente del stand.
2.4 Los stands de más de 50
m² de superficie podrán llegar hasta los
4 m. de altura, y los stands que superen los 90 m²
podrán alcanzar los 5 m. de altura, siempre
con la limitación de retirarse 1,00 m. de las
medianeras y línea de frente.
2.5 En el caso de las construcciones
en doble altura la superficie de planta superior no
podrá ser mayor al 30% de la superficie total
arrendada.
2.6 El elemento que resulte elevado
deberá presentar todas sus caras tratadas con
igual jerarquía, esto es con el objeto de no
interferir con la estética de los stands vecinos.
Los letreros y anuncios publicitarios que superan
Ios 2,40 m. de altura deberán cumplir con esta
condición.
En caso de dudas sobre la interpretación del
presente artículo se solicita a las empresas
participantes requerir las aclaraciones pertinentes
a la Dirección Técnica de la exposición.
2.7 Los frentes de mostradores de
atención, deberán quedar a una distancia
mínima de 0,80 m. respecto de las líneas
de frente de los lotes.
2.8 En todos los casos las medidas
de los módulos serán tomadas de eje
a eje. Al encontrarse los lotes divididos por panelería
cuyo espesor oscila entre los 7 y 40 mm. aproximadamente,
se recomienda a los expositores trabajar en el diseño
de sus stands con márgenes de seguridad en
las dimensiones de los elementos y verificar en obra
las medidas exactas del lote arrendado.
3. ELEMENTOS PROVISTOS POR “ARMINERA
2009”
3.1 Alfombra en el stand y pasillo.
3.2 Divisiones entre lotes, constituídas
por panelerías de 2.40 / 2,50 m. de alto de
sistema modular con perfil de aluminio y paneles blancos.
3.3 Cartel de expositor, uniformes
en tamaño y tipo de letra con el nombre del
expositor y número del stand.
Sobre este cartel no puede agregarse ningún
otro tipo de leyenda u otro elemento, tampoco podrá
cambiarse o corregir el nombre pedido en la solicitud
de participación, ni la ubicación asignada
a dicho cartel.
3.4 Todos los stands se proveen con
50 W de corriente eléctrica por 220 V por cada
metro cuadrado de superficie de stand, sin cargo.
4.
MEDIANERAS
4.1 Son tabiques de paneles de 2,40
/ 2,50 m. de alto, sistema modular Octanorm o similar,
con paneles blancos y perfilería de aluminio.
Sobre éstos se pueden fijar únicamente
materiales autoadhesivos, pero no pintar, clavar o
cortar, atornillar, causar daño alguno; los
paneles dañados se cobrarán al expositor.
Podrá colgarse del perfil superior cuadros,
murales, o muestrarios que no superen los 5 kg. por
panel.
Estos paneles serán utilizados sólo
como medianeras de lotes, demarcando los laterales
y el fondo de los mismos, por lo tanto, no podrá
cambiarse su posición, ni sacar o agregar paneles
adicionales.
4.2 Cada expositor deberá
comunicar a la intendencia de la exposición
cualquier deterioro que pudiese existir, tanto en
los paneles como en el piso o paredes del edificio,
en el momento de hacerse cargo del espacio. En tal
caso se procederá a entregar un comprobante
de descargo.
5.
PISOS
5.1 Es conveniente realizar un reconocimiento
del lugar antes de la construcción.
5.2 El piso existente es de asfalto
pigmentado.
5.3 El piso no se puede enduir, pintar
ni cubrir con materiales granulados. Puede cubrirse
con tarimas, alfombras o revestimientos sobre tarimas.
5.4 Está prohibido perforar,
romper, deteriorar o excavar canaletas en el piso.
5.5 Los pisos existentes tienen una
resistencia máxima de 2,5 kg. por centímetro
cuadrado. Objetos pesados, máquinas o columnas
deberán repartir el peso apoyándose
sobre planchas de hierro o tablones de madera de sección
suficiente.
5.6 No se admiten fundaciones ni
cimientos. Todas las construcciones deben apoyarse
sobre el piso existente, sin romperlo.
6.
PLAN DE TIEMPOS
Presentación de Planos: hasta
el 16 de Marzo de 2009..
Pago de Servicios Adicionales: hasta
el 16 de Marzo de 2009.
Retiro de Credenciales e Invitaciones: desde
el 16 de Marzo de 2009.
Retiro del Permiso de Iniciación de
Montaje: desde el 16 de Marzo de 2009.
Montaje de Stands: Domingo 26 de
8 a 22. horas,.Lunes 27 de 8 a 24 horas, Martes 28
de 0 a 10 horas
Acto inaugural: Martes 28 de Abril
a las 18 hs.
Período de Apertura al Comerciante
y/o Profesional del Sector: del Martes 28
de Abril al Jueves 30 de Abril de 14 a 21 hs.
Desmontaje y Retiro de los Elementos de Stands:
desde el Jueves 30 de Abril a las 21 horas hasta el
Viernes 01 de Mayo a las 10 horas.
7.
DESARME
7.1 Los expositores están
obligados a retirar sus productos, a desarmar y retirar
sus stands y a devolver el lote y los elementos provistos
por la exposición (ver art. 3) en iguales condiciones
a las recibidas, a partir de las 21 hs. del 30 de
Abril hasta las 24hs. del Viernes 01 de Mayo.
7.2 Los deterioros que se comprueben
serán consignados por las autoridades de la
exposición en el formulario "Certificado
de Salida". Este deberá ser solicitado
en Intendencia al finalizar el desarme y previamente
a su retiro del predio, en todos los casos. Los expositores
que no lo soliciten aceptan la liquidación
de gastos ocasionados. Los deterioros producidos en
instalaciones se repararán a cargo del Expositor,
procediéndose luego a deducir el monto resultante
del Documento de Garantía a que hace mención
el art. 8.
Los Expositores no están autorizados a realizar
reparaciones de ninguna clase.
7.3 El incumplimiento del desarme
y de la desocupación del lote en la oportunidad
establecida, dará derecho a VIEWPOINT
a efectuarlo, por cuenta y a cargo del expositor como
asimismo a retener en garantía los materiales
y/o mercadería del expositor hasta que éste
cancele la totalidad de los gastos originados. Asimismo
podrá aplicar al expositor una multa de hasta
un diez por ciento (10%) del valor del stand. Transcurridos
30 días desde la finalización de Ia
exposición sin que el expositor haya cancelado
su deuda y se haya hecho cargo de sus pertenencias,
VIEWPOINT queda autorizado a vender
en pública subasta, sin base, al mejor postor
y a través de martillero de su elección,
los bienes retenidos. Una vez cubiertos los gastos
y cancelada la deuda del expositor, el saldo si lo
hubiera será puesto a su disposición.
8.
GARANTIA
8.1 En garantía del cumplimiento
del presente Reglamento General el expositor deberá
firmar una carta compromiso en papel membrete de la
empresa por la cual se hace responsable por los daños
causados por su personal, transportistas, o por las
cosas de las que se sirve o tiene a su cuidado.
Si no existieran tales daños le será
devuelto al expositor en la oficina de VIEWPOINT
contra la presentación del "Certificado
de Salida", que deberá solicitar
en Intendencia al finalizar el desarme y previamente
a su retiro del predio, en todos los casos. Esta será
expedido por las autoridades de la Exposición
consignado CON o SIN cargos para el expositor dependiendo
que haya deterioros o daños imputables o no,
respectivamente.
8.2 La carta compromiso será
destruida 30 días después de la fecha
de vencimiento, si no ha sido retirado por el expositor.
9.
PROHIBICIONES
9.1 Los expositores que deseen instalar
emisores de sonido (audiovisuales, videograbadores)
en funcionamiento permanente o intermitente, deberán
instalarlos en condiciones que no produzcan molestias.
9.2 Están prohibidos todos
los materiales de albañilería, o cualquier
otra clase de construcción húmeda o
materiales sueltos (granza, piedra partida, aserrín,
etc.). Todos Ios materiales deben ser de la menor
combustibilidad.
9.3 Está prohibido picar,
agujerear, soldar, cortar, pintar, colgar de, apoyar
en y/o deteriorar las paredes, pavimentos, columnas,
techos, cordones y toda instalación existente.
9.4 Los cielorrasos en todos los
casos deben ser autoportantes, es decir, no pueden
apoyarse sobre los tabiques medianeros.
9.5 Los tableros de electricidad
general ubicados en posiciones que resulten incluídas
dentro de los lotes deberán mantener fácil
acceso permanente. Los elementos de prevención
de incendios deberán, además, quedar
a la vista.
9.6 Utilizar cualquier tipo de calefactores
o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.
9.7 Quedan prohibidos los carteles
luminosos, destellos, luces intermitentes o giratorias.
10.
PRESENTACION DE PLANOS Y DOCUMENTACION
10.1 Los expositores deberán
presentar antes del 16/03/2009 en las oficinas de
VIEWPOINT, Arenales 1131 2º
Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires -
Argentina, dos copias de planos en escala 1:20 o 1:50,
cada copia con una elevación y una planta del
stand (no perspectiva). Los planos aprobados u observados
podrán ser retirados 10 días después
de su presentación.
10.2 "Permiso de Iniciación de
Montaje": para poder iniciar la construcción
del stand los expositores o sus constructores, debidamente
autorizados, deberán contar con el permiso
de referencia, el cual será entregado por VIEWPOINT.
Para obtener el "Permiso de Iniciación
de Montaje" los expositores deberán
haber cumplimentado previamente las siguientes obligaciones:
a) Tener firmada la solicitud de participación.
b) Haber cancelado todo saldo exigible.
c) Haber firmado la carta compromiso.
d) Haber presentado en los plazos establecidos documentación
reglamentaria.
e) No se permitirá, sin excepciones, la iniciación
del montaje de stands, el acopio de elementos,
ni el ingreso de materiales o equipos de montaje,
a aquellas empresas expositoras a quienes no se les
haya entregado el correspondiente permiso, el cual
deberá ser presentado cada vez que la Intendencia
de la muestra lo solicite.
11.
SANCIONES
11.1 Las autoridades de la exposición
realizarán sucesivas inspecciones para verificar
el correcto cumplimiento de las normas establecidas.
11.2 La falta de cumplimiento de
las disposiciones del presente Reglamento de Stands,
sin perjuicio de lo
establecido en el punto 6.6 del Reglamento General,
y para el caso de que una vez requerido el expositor
no cesara la transgresión, autorizará
a VIEWPOINT.
11.2.1 A aplicar a los expositores
multas de hasta el 25% del precio del stand en infracción.
Las mismas deberán ser abonadas dentro de las
24 horas de comunicadas.
11.2.2 A cortar en forma transitoria
o definitiva el suministro eléctrico del stand.
11.2.3 A clausurar en forma provisoria
o definitiva el stand.
11.2.4 A efectuar por cuenta y cargo
del expositor la inmediata corrección de las
irregularidades existentes.
11.2.5 Las sanciones establecidas
podrán ser aplicadas en forma conjunta o separada.
En ningún caso la
aplicación de estas sanciones otorgará
al expositor derecho a reclamo o indemnización
alguna.
12.
SOLICITUD DE SERVICIOS ADICIONALES
12.1 Estos servicios deberán
ser solicitados en formulario a VIEWPOINT
S.A. y abonados en la sede del mismo en Buenos
Aires antes del 16 de Marzo de 2009.
12.2 Pedidos y pagos fuera de término.
No se aceptarán solicitudes fuera de los términos
indicados, ni se proveerán los servicios impagos
en las fechas expresadas en 12.1.
12.3 La tarifa se comunicará
oportunamente en un Boletín Informativo.
13. ENERGIA ELECTRICA
13.1 Iluminación:
Podrá solicitarse con cargo adicional (además
de los 50 W por cada metro cuadrado por stand que
le corresponden sin cargo), conexión de corriente
eléctrica hasta un máximo de 100 watts
por m² de stand arrendado. El expositor deberá
basar su pedido en el cálcuIo de potencias
de uso simultáneo.
Por razones de carácter técnico no podrán
atenderse pedidos de electricidad con posterioridad
al vencimiento del plazo establecido a tal efecto,
con excepción de los casos de los stands adquiridos
con posterioridad a dicho plazo. No se atenderán
pedidos de reintegro o de dinero por cargas pagadas
y no usadas.
13.2 Cálculo de carga:
La unidad de medida para el cálculo de la energía
eléctrica será el Kw (equivalente a
1000 watts), y éste podrá ser fraccionado
sólo en medios Kw (0,5 Kw). Asimismo la potencia
mínima a instalar por expositor será
de 1 Kw.
13.3 Suministro de energía:
La energía eléctrica será suministrada
desde las cajas o buzones existentes en las islas
o columnas de los pabellones. El tendido de las líneas,
no la conexión, hasta estas cajas o buzones,
lo realizará el expositor con conductores de
cobre de sección no inferior a 2,5 mm.. Las
acometidas monofásicas se permitirán
sólo hasta 3 Kw, para potencias superiores
la línea será trifásica equilibrando
la carga. El acceso a las cajas o buzones está
vedado al ARMINERA 2009 suministrará
borme de tierra para seguridad el cual será
de conexión obligatoria, es decir no se suministrará
energía eléctrica sin el correspondiente
conductor de protección y el interruptor general
blindado.
13.4 Instalaciones obligatorias por cuenta
y cargo del expositor: Más de 1 Kw:
una caja con llaves térmicas con capacidad
equivalente a la potencia solicitada.
Para iluminación del stand: Interruptor, conductores
hasta artefactos.
Para fuerza motriz: conductor desde
caja a interruptor general; interruptor general; conductores
hasta interruptores de cada motor; arrancadores limitadores
de corriente en todo motor mayor de 10 HP, dispositivos
de seguridad en cada motor.
Conductores: Deberán ser de
sección adecuada. Los vivos y neutro de goma
o P.V.C. de tierra, desnudo. El cable de tierra deberá
ser fácilmente identificable del resto de los
conductores.
Interruptores: H30 hasta 1/2 Kw.
convencional a baquelita, mayores de 1/2 Kw. metálicos
blindados con base aislante, interruptor, portafusibles,
de capacidad igual a la potencia solicitada.
Instalaciones: los conductores deben
aislarse adosados a cantos de panel o sobre piso sin
romper ni calar paneles ni piso; y debidamente protegidos.
No se admite cable a tierra como divisor de fase.
En ningún caso la posible "tensión
de contacto" podrá ser superior a 24 Volts,
a este efecto, tanto la calibración de las
protecciones y la sección del conductor correspondiente
serán las adecuadas para producir la interrupción
del suministro en caso de cualquier falla.
La comprobación de la tensión de contacto,
la vinculación eléctrica de todas las
partes metálicas y el correcto funcionamiento
de las protecciones será exclusiva responsabilidad
del expositor. VIEWPOINT no se responsabiliza
en casos de deficiencias en las instalaciones de iluminación
y otros artefactos eléctricos.
CONEXION: para obtener corriente
el expositor debe contar con la aprobación
de su instalación por el C.E. (Dirección
Técnica).
DESCONEXION: cada día, a la
hora de cierre, el expositor debe desconectar:
1) Interruptor de cada máquina o equipo de
380 V.
2) Interruptor general de 380 volts.
3) Interruptor de cada máquina, equipo o circuitos
de iluminación de 220 V.
4) Interruptor general de 220 volts.
13.5 El expositor asume la totalidad
de la responsabilidad por los daños provocados
por sus elementos eléctricos.
14. AGUA Y DESAGÜE
No se proveen conexiones de agua ni desagüe,
estas serán con cargo.
Los expositores que necesiten de este servicio, deberán
consultar a VIEWPOINT (Dirección
Técnica) acerca de la factibilidad de realizar
la instalación de la ubicación de los
espacios que deseen ocupar, atento a que el Centro
Costa Salguero no cuenta con este servicio.
Se aconseja a los expositores que decidieran exhibir
elementos con incorporación de agua en movimiento,
hacerlo mediante la utilización de circuitos
cerrados de conducción.
15. MATAFUEGOS
Es obligatorio, de acuerdo con las disposiciones vigentes
del Departamento de Bomberos de la Policía
Federal, disponer en cada stand de un matafuegos de
1 kg. de carga mínima. El mismo debe ubicarse
en un lugar accesible y a la vista.
16.
PROHIBICIONES
16.1 16.1 Efectuar conexiones clandestinas
y/o conectar potencias superiores a las solicitadas
o aprobadas por la Dirección Técnica.
En todo momento el Expositor deberá facilitar
la inspección de las instalaciones por parte
de D.T. o C.E.
16.2 Utilizar cualquier tipo de calefactores
y/o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.
17. TARIFAS
Los precios por los servicios que serán estrictamente
los de costo (incluyendo instalación y suministro)
serán puestos en conocimiento de los expositores
a través de los correspondientes boletines
informativos.